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Martes, 27 de octubre de 2026
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Gas en Zona Fría: quiénes mantienen la rebaja y cómo acceder al beneficio adicional

El régimen establece una bonificación automática del 50% en las zonas alcanzadas y una reducción adicional del 20% para determinados usuarios con subsidios focalizados que quedaron fuera del mapa general.

Por Marta BarríaEconomía y empleo público · · hace 4 h
Gas en Zona Fría: quiénes mantienen la rebaja y cómo acceder al beneficio adicional

Por Marta Barría, Economía y empleo público.

La Secretaría de Energía definió las condiciones del Régimen de Zona Fría para el gas natural y el gas propano indiluido distribuidos por redes. La bonificación del 50% alcanza a usuarios residenciales y del Servicio General P ubicados en las regiones incluidas en el mapa vigente.

Las distribuidoras y subdistribuidoras deben incorporar la rebaja directamente en la factura, sin que los usuarios deban solicitarla. La Resolución 299/2026 dispone que el régimen cubra los consumos desde el 13 de octubre de 2026, fecha de entrada en vigor de la Ley 27.828.

Quiénes pueden recibir el descuento adicional

La cobertura geográfica es menor que la del régimen anterior. Cerca de 1,6 millones de hogares que habían sido incorporados al mapa ampliado en 2021 quedaron sin la bonificación automática, entre ellos usuarios de Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Olavarría y Pergamino.

Para quienes quedaron fuera del esquema general, la resolución contempla una bonificación adicional del 20% sobre el Precio Anual Uniforme del gas, aplicada a los consumos base. Se suma al subsidio focalizado que ya recibe el usuario y no equivale necesariamente a una reducción del 20% sobre el total de la factura.

  • Estar inscripto en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados.
  • Pertenecer a las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, según la norma IRAM 11.603/12.
  • No estar incluido en el régimen general de bonificación del 50%.
  • Tener ingresos familiares de hasta tres Canastas Básicas Totales y cumplir los demás criterios socioeconómicos previstos en la ley.

Las cuatro condiciones deben cumplirse en forma simultánea. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética cruzará los datos geográficos con el registro de subsidios focalizados. El padrón resultante quedará a disposición del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad para que notifique a las distribuidoras.

MB
Marta BarríaEconomía y empleo público

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