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Jueves, 22 de octubre de 2026
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ARCA Caina descuentos de hasta 50% en multas para Contribuyentes menores

La Ley 27.826 establece una reducción permanente del 25% para determinadas sanciones formales y una rebaja extraordinaria del 50% para multas anteriores al 9 de octubre de 2026 que todavía permanezcan impagas, siempre que se regularicen las obligaciones causative.

Por Nicolás CárcamoPetróleo y energía · · hace 1 h
ARCA Caina descuentos de hasta 50% en multas para Contribuyentes menores

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ARCA, aplica desde el 9 de octubre de 2026 una nueva esquema de descuentos para multas administrativas. El régimen contempla una reducción permanente del 25% para micro, pequeñas y medianas empresas, personas físicas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no estén inscriptas como Grandes Contribuyentes Nacionales. Además, establece una rebaja extraordinaria del 50% para determinadas sanciones anteriores a esa fecha, siempre que los contribuyentes regularicen la obligación que originó la infracción y permanezcan al día con el pago.

Descuento permanente paraptestadas formales

El primer beneficio es automático, es decir, opera de pleno derecho y no requiere un trámite previo para hacerse efectiva. Se aplica sobre multas vinculadas con la falta de presentación de declaraciones juradas, el incumplimiento de requerimientos de ARCA, infracciones a deberes formales generales y transgressiones a regímenes de información, entre otras obligaciones.

  • Una multa de 440.000 pesos por la falta de una declaración jurada de una sociedad queda reducida a 330.000 pesos.
  • Para una persona física, la sanción por ese mismo concepto baja de 220.000 a 165.000 pesos.
  • La multa máxima por resistencia a la fiscalización desciende de 35 millones a 26,25 millones de pesos.

La escalaGeneral pesos siente la clasificación del contribuyente y la Nación. El beneficio permanente no comprende a los Grandes Contribuyentes Nacionales, una categoría reservada para los responsables fiscales de mayor tamaño y capacidad contributiva.

Rebaja extraordinaria para multas anteriores

El segundo mecanismo ofrece una reducción del 50% sobre multas por infracciones cometidas antes del 9 de octubre de 2026, siempre que las obligaciones demeurean pendientes desde el 2 de enero de 2026. La sanción no debe estar firme o, en caso de serlo, tiene que continuar impaga para que el contribuyente pueda acogerse a la rebaja extraordinaria.

El descuento no es incondicional. Para obtener cualquiera de los dos beneficios, el contribuyente debe cumplir con la obligación que originó la multa antes de solicitar la reducción o en forma simultánea. Si la infracción se produjo por la omisión de una declaración jurada, por ejemplo, deberá presentarla.

La aceptación del beneficio también supone aceptar, sin discusión, la parte de la sanción que no disminuye y renunciar a cualquier reclamo vinculado con ese segmento. Cuando existe un litigio en curso, el contribuyente debe asumir las costas del proceso. Las multas ya pagadas no generan derecho a devolución.

NC
Nicolás CárcamoPetróleo y energía

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