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Miércoles, 21 de octubre de 2026
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Subsidio de Contención Familiar: un pago único de quince mil pesos para gastos de sepelio de jubilados y pensionados

El beneficio que otorga ANSES apunta a cubrir de manera parcial los costos funerarios de quienes perciben haberes del sistema previsional. Hay un año desde la fecha de fallecimiento para reclamarlo y el trámite puede hacerse de forma digital o presencial.

Por Marta BarríaEconomía y empleo público · · hace 1 h
Subsidio de Contención Familiar: un pago único de quince mil pesos para gastos de sepelio de jubilados y pensionados

La Administración Nacional de la Seguridad Social mantiene vigente el Subsidio de Contención Familiar, una prestación destinada a reintegrar de modo parcial los gastos de sepelio, cremación o inhumación de un jubilado o pensionado. El beneficio consiste en un pago único por quince mil pesos, sin importar el costo real del servicio funerario contratado por los familiares.

Quiénes pueden cobrarlo y en qué orden

Quiénes pueden cobrarlo y en qué orden

Vamos a los números: el organismo fija un orden de prioridad para acceder al subsidio. En primer lugar, tiene preferencia quien acredite con factura a su nombre haber abonado el servicio funerario. Si no existe ese comprobante, pueden reclamarlo el viudo o conviviente, los hijos con derecho a pensión por fallecimiento y, en ausencia de otros reclamantes, los herederos sin derecho a pensión.

El plazo para iniciar el trámite es de un año contado desde la fecha de fallecimiento. Quienes estén gestionando en paralelo la pensión por fallecimiento pueden pedir el subsidio en el mismo momento, según precisaron fuentes oficiales de ANSES.

Documentación y modalidades de trámite

La documentación varía según quién solicite el beneficio. Los familiares con derecho a pensión deben presentar la resolución que acredita esa prestación y el formulario PS.6.296. Para los herederos sin derecho a pensión, los formularios exigidos son el PS.6.254, el PS.6.258, el PS.6.259 y el PS.6.286, de acuerdo con el caso. En algunas situaciones también se aceptan constancias emitidas por cooperativas de energía, gremios, mutuales o compañías de seguros.

  • Trámite web: ingresar con CUIL y Clave de la Seguridad Social al portal de ANSES, elegir la opción «Solicitud de Subsidio de Contención Familiar» y completar los pasos. Se requiere constancia de CBU bancaria y la documentación respaldatoria.
  • Trámite presencial: solicitar turno previo en una oficina de ANSES y concurrir con la misma documentación.
  • Plazo de reclamo: un año desde la fecha de fallecimiento.
  • Monto nominal: quince mil pesos como pago único, sin actualización automática por inflación.

El subsidio fue creado en 2006 y modificado en 2020 para ampliar los grupos de personas que pueden acceder a él, de acuerdo con la información oficial publicada por el organismo. La siguiente reunión paritaria del sector previsional, donde podrían revisarse los montos de este tipo de prestaciones, aún no tiene fecha confirmada por ANSES.

MB
Marta BarríaEconomía y empleo público

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