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Sábado, 17 de octubre de 2026
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Mendoza abre una vía gratuita para que los consumidores renegocien deudas con tarjetas y préstamos

El procedimiento admite a personas con domicilio en la provincia que estén al borde de la insolvencia y contempla quitas, refinanciaciones y esperas, siempre con acuerdo del acreedor. Quedan afuera las deudas hipotecarias, alimentarias y las sanciones penales o comerciales.

Por Nicolás CárcamoPetróleo y energía · · hace 10 d
Mendoza abre una vía gratuita para que los consumidores renegocien deudas con tarjetas y préstamos

La Provincia de Mendoza puso en marcha un mecanismo de conciliación gratuita orientado a consumidores finales que necesiten renegociar deudas de tarjetas de crédito, préstamos personales y otros compromisos financieros. El procedimiento, canalizado a través de la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo (OCDC), dependiente de Defensa del Consumidor, busca brindar una instancia formal de diálogo con los acreedores cuando los pagos empiezan a superar la capacidad de pago del hogar.

Quiénes pueden acceder y bajo qué condiciones

Pueden solicitar la conciliación las personas con domicilio real en la provincia que se encuentren en una situación grave o inminente de insolvencia personal o familiar. El criterio económico fijado por la normativa es que los compromisos financieros superen el 30% de los ingresos mensuales netos del grupo conviviente. Ese porcentaje desciende al 25% en los casos de especial vulnerabilidad, una categoría que alcanza a hogares con menores a cargo, personas con discapacidad, jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo, desempleados, beneficiarios de programas sociales y trabajadores informales.

  • Préstamos personales y financiamiento de compras en cuotas.
  • Deudas de tarjetas de crédito emitidas por bancos o entidades financieras.
  • Créditos otorgados por plataformas financieras autorizadas, mutuales y cooperativas.
  • Deudas con entidades no financieras siempre que correspondan al consumo del grupo familiar.

El acceso al procedimiento tiene además un tope de capital: el monto total adeudado no puede superar el equivalente a 100 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes al momento de pedir la intervención. Quedan expresamente excluidas las obligaciones con garantía hipotecaria, las deudas alimentarias, las multas y las sanciones penales. Tampoco se tramitan por esta vía los compromisos empresariales o comerciales que no estén vinculados al consumo familiar.

Qué se puede negociar y qué no garantiza la Provincia

La instancia está diseñada para discutir alternativas concretas con los acreedores, entre ellas la extensión de los plazos de pago, la concesión de períodos de espera antes de empezar a cancelar, la eliminación de intereses punitorios y de cargos por mora, y la readecuación de los esquemas de cuotas. El acuerdo final, incluida cualquier quita sobre el capital, depende exclusivamente de la voluntad de las partes: la Provincia no tiene facultades para imponer condiciones de manera unilateral ni para forzar reducciones del monto adeudado.

El trámite se inicia en la OCDC, donde el consumidor debe presentar el detalle de sus acreedores, los importes adeudados y un inventario actualizado de sus activos y pasivos (bienes y deudas). Defensa del Consumidor se encarga luego de citar a las empresas o entidades acreedoras, que disponen de hasta 10 días hábiles para informar su posición sobre la propuesta de reestructuración. A partir de esa respuesta se abre la audiencia de conciliación, que es la instancia en la que se busca formalizar un nuevo plan de pagos o un esquema de espera que resulte sostenible para el hogar.

NC
Nicolás CárcamoPetróleo y energía

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