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Sábado, 17 de octubre de 2026
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El personal de casas particulares cobrará un 1,7% más en octubre y suma el segundo tramo del refuerzo de agosto

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares confirmó la segunda suba del trimestre y la incorporación parcial al básico de la asignación no remunerativa abonada en agosto; el cronograma se completa con incrementos del 1,6% en noviembre y diciembre.

Por Nicolás CárcamoPetróleo y energía · · hace 25 d
El personal de casas particulares cobrará un 1,7% más en octubre y suma el segundo tramo del refuerzo de agosto

El salario mínimo del personal de casas particulares experimentará en octubre de 2026 un incremento del 1,7% calculado sobre los valores vigentes en septiembre, según lo dispuesto por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares mediante la Resolución 6/2026, publicada en el Boletín Oficial. La actualización alcanza a la totalidad de las categorías previstas en el régimen y se aplicará tanto a las modalidades de trabajo con retiro como sin retiro del domicilio del empleador.

De forma simultánea, en el mes de octubre se incorporará al sueldo básico el 50% de la suma no remunerativa (pago que no integra los haberes de base ni genera aportes ni contribuciones) que fue otorgada por única vez con los salarios de agosto, conforme al esquema de absorción gradual fijado por el organismo. Este movimiento representa la segunda etapa del proceso: en diciembre se incorporó el 25% inicial y el 25% restante se sumará al básico en noviembre, con lo cual la suma extraordinaria quedará totalmente integrada a los haberes de base al cierre del año.

Cómo se compone el régimen por categoría y modalidad

Las remuneraciones del personal de casas particulares se estructuran a partir de la tarea desempeñada y de la modalidad de contratación, con valores mínimos diferenciados para quienes trabajan con retiro del hogar y para aquellos que permanecen en la vivienda durante la prestación. Las categorías contempladas comprenden, entre otras, las tareas generales (limpieza, lavado, planchado, mantenimiento y preparación de alimentos); asistencia y cuidado de personas, que incluye la atención no terapéutica de personas con discapacidad, enfermas, adultos mayores, adolescentes y niños; personal destinado exclusivamente a la cocina; y tareas que requieren especial idoneidad, entre las cuales se cuenta la categoría de supervisión, reservada a quienes coordinan al menos dos personas a su cargo. Los caseros, por su parte, perciben sus haberes por el cuidado y preservación de la vivienda que habitan como parte del contrato laboral.

Al esquema descripto se adiciona un suplemento del 31% sobre el salario mínimo para quienes prestan servicios en zonas desfavorables. El adicional rige para las provincias de Neuquén, Chubut, Río Negro, La Pampa, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y para el partido bonaerense de Patagones, conforme a la normativa vigente.

El calendario trimestral y su comparación interanual

  • Octubre de 2026: aumento del 1,7% sobre los mínimos de septiembre e incorporación del 50% de la suma no remunerativa otorgada en agosto al sueldo básico.
  • Noviembre de 2026: aumento del 1,6% sobre los nuevos mínimos e incorporación del 25% restante de la suma no remunerativa de agosto al básico.
  • Diciembre de 2026: aumento del 1,6% sobre los mínimos actualizados en noviembre.

Considerado en perspectiva, el esquema de incrementos trimestrales aplicado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares muestra una dinámica de ajustes porcentuales acotados pero sostenidos, con subas acumuladas del 1,7%, 1,6% y 1,6% entre octubre, noviembre y diciembre, a las que se suma la progresiva incorporación al básico de la asignación extraordinaria de agosto. El sector emplea a cientos de miles de personas en todo el país, de modo que cada modificación en los mínimos impacta de manera directa en los ingresos de los trabajadores y en el costo laboral que enfrentan los hogares empleadores, así como en el volumen de aportes y contribuciones que se vuelcan al sistema previsional.

NC
Nicolás CárcamoPetróleo y energía

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