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Sábado, 17 de octubre de 2026
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Cuatro años de pelea y una condena que reescribe el mapa de las obligaciones en los galpones de empaque

La Justicia neuquina le dio la espalda a una cooperativa que se desentendió de un embalador lesionado y dejó a salvo un principio que cambia la carga de la prueba para empresas con operarios con restricciones médicas.

Por Esteban AlvaradoSociedad y vida cotidiana · · hace 2 d
Cuatro años de pelea y una condena que reescribe el mapa de las obligaciones en los galpones de empaque

La mañana en la que este muchacho recibió la notificación del fallo todavía tenía esa neblina baja que suele abrazar a Neuquén durante el otoño. Acá abajo, en el sur, uno se cruza con el calendario judicial de la misma manera que se cruza con el parte meteorológico: como quien mira el techo antes de salir, esperando que no haya sorpresas. Y lo que apareció en el expediente del Juzgado Laboral N°3 fue justamente eso, una sorpresa favorable para un embalador que durante más de una década había cargado cajas de peras y manzanas hasta lastimarse el hombro y que llevaba cuatro años esperando que alguien le dijera en voz alta que la patronal no podía hacer lo que hizo.

Una lesión, un alta con letra chica y un telegrama que nadie quiso leer

El protagonista de esta historia, un vecino del barrio Bouquet Roldán, según reconstruí a partir de las actuaciones, entró a una cooperativa de la región en enero de 2011 como embalador de primera categoría. Su trabajo de todos los días era armar y cargar cajas con fruta, una de las tareas más pesadas del galpón de empaque. En agosto de 2021 se lesionó el hombro derecho mientras estaba en funciones y la ART tomó las riendas del tratamiento durante ocho meses. Cuando finalmente le dieron el alta, en abril de 2022, el papel decía lo que suele decir cualquier documento de esas características cuando alguien se lastima trabajando: que podía reincorporarse, pero solo si se le asignaban tareas adecuadas a su lesión. Levantar peso quedaba, de manera taxativa, fuera del menú.

Con ese escrito bajo el brazo, el operario mandó un telegrama pidiendo volver. La cooperativa contestó por carta documento, reconoció la restricción y lanzó la frase que terminó en el centro del juicio: que no existía ningún puesto disponible que se ajustara a la nueva condición. El trabajador volvió a insistir, esta vez hasta detallando en qué sectores del galpón podía desempeñarse. La respuesta, otra vez, fue la misma. Frente a ese paredón, se consideró despedido de forma indirecta, esa figura legal que le permite al empleado cortar el vínculo cuando entiende que la empresa no le dejó otra salida que el portazo.

Los compañeros, los testigos y la foto real del galpón

En el juicio declararon seis compañeros de trabajo y todos contaron, más o menos con las mismas palabras, lo que pasaba adentro del galpón cuando alguien no podía levantar peso. Mencionaron el sellado de etiquetas, el fichado de cajas con engrudo y el colgado en el sector conocido familiarmente como "el aéreo". Varios coincidieron en que, cada vez que un compañero se lastimaba o simplemente no podía cargar, la empresa lo reubicaba en alguna de esas funciones sin demasiadas discusiones. Uno de los testigos incluso señaló que al menos cuatro embaladores habían sido trasladados a otros sectores en situaciones comparables, lo cual dejó a la cooperativa sin margen para sostener la famosa escasez de puestos.

El juez Luis Trani, que tuvo a su cargo la causa, valoró esos testimonios como "coherentes, ordenados y concordantes", tres palabras que en el lenguaje de los tribunales pesan tanto como un camión cargado de fruta. Con esa lectura encima, concluyó que la cooperativa tenía posibilidades concretas de reubicar al trabajador y eligió, lisa y llanamente, no hacerlo. Y fue más allá: dejó por escrito un principio que en estos casos suele olvidarse, según me acostumbré a comprobar leyendo fallos de acá y de allá. La idea es simple y a la vez profunda: cuando una empresa alega que no tiene un puesto disponible para alguien con limitaciones de salud, es ella la que tiene que demostrarlo, no el empleado. Acá abajo, en Tribunales, eso se llama inversión de la carga de la prueba y, en los papeles, cambia la vida de la gente.

La condena, la Cámara y lo que queda flotando en el aire

  • La condena original quedó fijada en 676.751 pesos más intereses calculados desde 2022, una cifra muy inferior a los más de 4 millones que había reclamado la parte trabajadora y que muestra cuánto se mueve el péndulo entre lo pedido y lo concedido en estos juicios laborales.
  • La Cámara de Apelaciones de Neuquén confirmó el fallo del juez Trani y dejó firme la idea de que no alcanza con decir que no hay lugar: hay que demostrarlo con papeles concretos, no con expresiones de deseo.
  • El caso abre un antecedente fuerte para los operarios con restricciones físicas en cooperativas y empresas empacadoras de fruta de la región, donde la rotación entre galpones y sectores suele resolver estos problemas sin necesidad de llegar a Tribunales.

A mí, mientras leía el expediente y charlaba con gente del entorno del trabajador, me quedó dando vueltas algo que me dijo un compañero del gremio, ya cerca del final de la conversación, en un pasillo de los tribunales donde todavía se sentía el fresco de la mañana neuquina. No es de los dichos grandilocuentes que uno pega en un póster, sino de esos que resumen una época entera en apenas una línea. Y prefiero, como me enseñó este oficio, dejar que sean las voces de los protagonistas las que cierren la nota, en lugar de ponerle yo un moño que nadie me pidió.

“Acá dentro del galpón siempre hubo tareas livianas para los compañeros lastimados, lo que pasa es que muchas veces a la patronal no le conviene mover a nadie y prefiere pagar antes que reubicar.”Carlos, operario del sector de empaque, compañero del demandante
EA
Esteban AlvaradoSociedad y vida cotidiana

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